domingo, 17 de abril de 2016

CUESTIONARIO DE LA EXPOSICIÓN DEL EQUIPO # 10



1.- ¿Qué entiendes por delitos electrónicos?
Es decir que a la computadora ya no solo la utilizamos como un apoyo para el desempeño de nuestras de nuestras actividades cotidianas, o como un medio para conseguir información si no que hoy algunas personas cometen actos ilícitos a través de ellas.
Un delito es una acción antijurídica realizada por un ser humano, tipificado, culpable y sancionado por una pena.

2.- ¿Cuáles son los elementos que integran los delitos electrónicos?
El delito es acto humano, es una acción (acción o omisión)
Dicho acto humanos ha de ser antijurídico, debe lesionar o poner en peligros un interés jurídicamente protegido.
Debe corresponder un tipo legal (figura del delito), definido por la ley, ha de ser un acto típico.
El acto ha de ser culpable, imputable a dolo (intención) o a culpa(negligencia), y una acción es imputable cuando puede ponerse a cargo de una determinada persona.
La ejecución u omisión del acto debe estar sancionada por una pena.

3.- ¿Define el concepto de delito informáticos?
Los delitos informáticos “computer  crimes” , comprenden todas las acciones típicamente antijurídicas para cuya consumación se utiliza o se afecta perjudicialmente una computadora.


4.- ¿Cuáles son los elementos penales, que se considera como delitos electrónicos?
El bien jurídico tutelado mediante la sanción de los delitos informáticos es la pureza de la técnica que se presupone la informática y el resguardo de los medios involucrados en la computadora electrónica.
Elementos objetivo es todo atentado que signifique dañar o desviar el correcto uso de la maquina con la finalidad de causar un perjuicio que redunde un beneficio moral o material para sí o para otro por el uso indebido de una computadora sin la correspondiente autorización.
El elemento subjetivo debes estar constituido por el dolo o la culpa con que actúa el sujeto activo del delito informático.


5.- ¿En qué código habla sobre este tema?
El código penal federal
articulo 211 bis 1.-al que sin autorización modifique, destruya, o provoque perdida de información contenida en sistema o equipos de informática protegidos por algún mecanismo de seguridad, se le impondrá de seis meses o dos años de prisión y de cien a trescientos días de multa.

6.-Menciona los artículos donde se refiere este tema.
articulo 211 bis 1.-al que sin autorización modifique, destruya, o provoque perdida de información contenida en sistema o equipos de informática protegidos por algún mecanismo de seguridad, se le impondrá de seis meses o dos años de prisión y de cien a trescientos días de multa.


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